Las entidades estatales que se rigen por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública deben expedir un manual de contratación, que tiene la naturaleza jurídica de un reglamento, en el que deben acoger tanto lo establecido en la ley, como en el Decreto 1082 de 2015, y los lineamientos expedidos por Colombia Compra Eficiente, fundamentado en el artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto 1082 de 2015.