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Interpretación jurídica de la SSPD sobre la aplicación del beneficio de Unidad Básica de Consumo Adicional para el área urbana y rural

Escrito por  Sep 11, 2020

A través del Decreto 123 de abril 30 de 2020 se creó el beneficio transitorio denominado Unidad Básica de Consumo Adicional para el área urbana y rural - UBCA, que consiste en otorgar el valor de 1,41 metros cúbicos al mes, de manera exclusiva y en razón a la situación de calamidad pública generada por la pandemia por COVlD-19, a los suscriptores residenciales de los estratos 1, 2, 3 y 4

que se encuentren dentro del perímetro urbano, periurbano y rural de Bogotá D.C. de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, el cual se verá reflejado en la factura de dichos servicios.

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Modificado por última vez en Lunes, 28 Septiembre 2020 10:49