Para efectos de la liquidación de la Cuota de Fomento Cacaotero, durante el segundo semestre del afta 2020, esta se calculará sobre el precio de venta de cada kilogramo de cacao de producción nacional. De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 67 de 1983, la Cuota de Fomento Cacaotero será del tres por ciento (3%) sobre el precio de venta de cada kilogramo de cacao de producción nacional.