La Agencia Nacional de Minería respondió inquietudes sobre los derechos de propietarios de terrenos y las obligaciones de empresas mineras cuando se establecen servidumbres. Reiteró que subsuelo pertenece al Estado, que autoriza la exploración y explotación, declaradas de utilidad pública. Esto permite al titular minero imponer las servidumbres necesarias, con o sin acuerdo, a cambio de indemnización. La ANM subraya que no interviene en estas negociaciones, que deben seguir el procedimiento legal que incluye aviso, negociación directa y, si no hay acuerdo, un avalúo judicial. Los propietarios pueden iniciar directamente el proceso para el avalúo de perjuicios si la empresa no avanza. La falta de un acuerdo voluntario no impide el desarrollo minero, pero sí exige la resolución sobre el ejercicio y la compensación.