La CRA respondió que el servicio de aseo en municipios y distritos con más de 5.000 suscriptores está sometido al régimen de libertad regulada, bajo el cual la Comisión define los criterios y la metodología tarifaria, y los prestadores calculan sus tarifas dentro de los precios máximos (precio techo). Explicó que esta metodología se aplica a actividades como recolección y transporte, barrido y limpieza, corte de césped, transferencia y disposición final, y busca proteger al usuario evitando cobros superiores a los costos eficientes. Aclaró que los prestadores pueden cobrar tarifas por debajo del precio techo, sin autorización previa, siempre que respeten la competencia y la suficiencia financiera. Cuando existen varios prestadores en un municipio, cada uno puede ofrecer precios distintos dentro del límite regulado. La CRA reiteró que la SSPD es la entidad encargada de verificar el cumplimiento del régimen tarifario.