El Ministerio de Ambiente aclara que la Ley 2387 de 2024 permite suspender o terminar anticipadamente procesos sancionatorios si el infractor propone medidas técnicamente soportadas para corregir o compensar el daño ambiental. Aunque no existen términos de referencia específicos, las autoridades pueden fijar parámetros y evaluarán la equivalencia entre las medidas y la afectación. Un acto administrativo sancionatorio solo es eficaz tras su notificación; por tanto, si una solicitud de suspensión se presenta antes de la notificación, debe ser tramitada. Ignorarla y emitir una sanción final vulnera el debido proceso y vicia la decisión. El incumplimiento de plazos por parte de la autoridad podría acarrear responsabilidades disciplinarias.