La Entidad aclaró que para que las asociaciones de recicladores en proceso de formalización accedan a la remuneración vía tarifa deben estar registradas ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) y cumplir con los requisitos legales vigentes. La actividad de aprovechamiento incluye recolección, transporte, clasificación y pesaje, y debe ser prestada por personas constituidas conforme a la ley. La empresa de aseo debe girar incentivos basados en las toneladas efectivamente aprovechadas, y la comercialización del material reciclado debe entrar a la cuenta de la empresa, no directamente a la asociación. Además, la socialización a los suscriptores es obligatoria una sola vez al incluir esta remuneración en la tarifa. Para cualquier duda o información adicional, la CRA recomienda contactar a su Subdirección de Regulación.