aplicación del valor de la Unidad de Pago por Capitación — UPC definida para el 2021, ajustada por ponderadores para cada EPS y EOC, así como la estructura de los incrementos, y las tecnologías en salud y servicios que ya se venían prestando”.
“El Ministerio de Salud y Protección Social en el marco de la lo dispuesto en el parágrafo del artículo 2.5.3.5.1 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, y conforme con los criterios que para el incremento en el valor de los servicios de salud se fijaron en el artículo 2.5.3.5.2, publica la proyección del incremento porcentual resultante de la
aplicación del valor de la Unidad de Pago por Capitación — UPC definida para el 2021, ajustada por ponderadores para cada EPS y EOC, así como la estructura de los incrementos, y las tecnologías en salud y servicios que ya se venían prestando”.