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SSPD respondió una serie de preguntas relacionadas con el marco legal, requisitos técnicos, requisitos económicos, administrativos, infraestructura y régimen tarifario del servicio público domiciliario de aseo

Escrito por  Jul 28, 2025

 La SSPD señala que el servicio público domiciliario de aseo debe regirse por el marco legal que incluye la Ley 142 de 1994, el Decreto 1077 de 2015 y las resoluciones CRA 720/2015 y 943/2021, garantizando la libre competencia y la responsabilidad del prestador. Técnicamente, los vehículos de recolección deben cumplir con especificaciones como identificación y equipo de comunicación, y la infraestructura debe ajustarse a normativas ambientales y territoriales, asegurando la adecuada recolección y almacenamiento sin residuos sólidos en bases de operación. Económicamente, las tarifas deben seguir metodologías definidas por comisiones de regulación y ajustarse a los marcos tarifarios vigentes para grandes y pequeños prestadores. Administrativamente, los prestadores deben reportar las Áreas de Prestación del Servicio (APS) y consignar esto en los contratos con usuarios, sin que un APS abarque más de un municipio.

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Modificado por última vez en Domingo, 27 Julio 2025 20:37