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ANM detalló el marco legal de sanciones contra la minería ilegal en Colombia

Escrito por  Jul 07, 2025

Las sanciones por explotación ilegal de recursos mineros en Colombia están establecidas en el Código Penal (Ley 599 de 2000, artículo 332), que tipifica como delito la extracción o explotación sin permiso o incumpliendo la normatividad, imponiendo penas de prisión entre 32 y 144 meses y multas de 133.33 hasta 50,000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Según la Ley 685 de 2001 (Código de Minas), los alcaldes municipales deben suspender indefinidamente la explotación minera que no cuente con título inscrito en el Registro Minero Nacional y adoptar las medidas necesarias para controlar la actividad ilegal, incluyendo el decomiso provisional de minerales de procedencia ilícita y su puesta a disposición de autoridades penales. Además, la Agencia Nacional de Minería apoya a la policía y autoridades competentes en la erradicación de la minería ilegal, incluyendo logística y seguimiento en el Catastro Minero. Los bienes decomisados serán enajenados y los recursos destinados a programas contra la explotación ilícita.

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Modificado por última vez en Domingo, 06 Julio 2025 18:22