Este acto aprueba el Reglamento Único para el procedimiento de recuperación empresarial ante las Cámaras de Comercio, conforme a la Ley 2437 de 2024. Este procedimiento permite a deudores en dificultades renegociar sus obligaciones con acreedores para preservar la operación empresarial y el empleo. La solicitud la presenta el deudor ante la Cámara de Comercio, indicando acreedores y montos adeudados. Se pueden utilizar medios electrónicos para comunicaciones y actuaciones, garantizando autenticidad. Los acreedores pueden formular objeciones que el mediador procura resolver amigablemente, y controversias pueden dirimirse por arbitraje si hay pacto. La Cámara reporta el avance y resultados a Confecámaras y la autoridad competente. El reglamento fortalece la capacidad técnica y financiera de las Cámaras para tramitar estos procesos, promoviendo acuerdos efectivos y mantenimiento de la empresa.