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CREG precisó el procedimiento para la extensión de la fecha de puesta en operación en proyectos con avance significativo

Escrito por  May 09, 2025

 El procedimiento para que un proyecto con avance superior al 60% que se acerca a la expiración de su Fecha de Puesta en Operación (FPO) pueda extender dicha fecha y mantener su capacidad de transporte, está regulado en el artículo 17 de la Resolución CREG 075 de 2021 y la Resolución CREG 101-049 de 2024. El interesado debe solicitar la modificación de la FPO para prorrogarla uno o dos años, justificando el avance y ajustando la garantía de reserva de capacidad según la regulación vigente. La modificación debe ser aprobada por la UPME. Si no se cumple con los plazos para entrega de documentos o aprobación, se libera la capacidad. En caso de imposibilidad de extender la FPO, se procederá a ejecutar la garantía restante y liberar la capacidad asignada, conforme a los artículos 25, 28 y 33 de la Resolución 075. Además, si el proyecto tiene retrasos por fuerza mayor o por atrasos en obras del SIN, puede aplicar alternativas específicas para modificar la FPO. En todo caso, el responsable debe presentar los documentos y garantías requeridas dentro de los plazos establecidos para mantener la asignación.

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Modificado por última vez en Jueves, 08 Mayo 2025 21:53