El reporte de la continuidad del servicio para pequeños y grandes prestadores se realiza según la Resolución CRA 943 de 2021. Los pequeños prestadores deben definir un Área de Prestación del Servicio (APS) para cada municipio o distrito atendido y calcular el Índice de Continuidad (IC) con base en las horas de afectación y el promedio mensual de suscriptores, reportando la información con la periodicidad y calidad establecidas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD). Por su parte, los grandes prestadores deben definir APS conforme a los planes territoriales y calcular el Índice de Continuidad (ICON) tanto para cada APS como para cada ruta de lectura (que agrupa medidores en puntos de consumo leídos geográficamente en orden). La información debe cargarse mensualmente en el Sistema Único de Información (SUI) de la SSPD. Este reporte permitirá evaluar y clasificar a los prestadores según su nivel de riesgo, facilitando la supervisión estatal y la mejora continua del servicio.