La Entidad precisa que, aunque es viable incluir tasas o impuestos en las facturas de servicios públicos domiciliarios, deben cumplirse ciertas condiciones. Según la normativa, el cobro de estos tributos debe hacerse de manera separada y debe quedar claramente diferenciado de la tarifa del servicio público. Esto garantiza que la inclusión de tales cobros no afecte la prestación del servicio, salvaguardando así los derechos de los usuarios. La SSPD aclara que el no pago de esta tasa no debe llevar a la suspensión del servicio público. Además, menciona que cualquier nueva tasa creada debe respetar la normativa vigente y no puede alterar la estructura tarifaria definida en los contratos existentes. Esta regulación busca proteger a los usuarios y asegurar que los cobros sean claros y justificados, evitando confusiones y garantizando la transparencia en la facturación de servicios públicos domiciliarios.