Se establece que todas las entidades del Estado deben publicar su Plan de Acción antes del 31 de enero, incluyendo objetivos, estrategias y presupuestos. La Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales es responsable de la formulación y seguimiento del plan, con énfasis en la obligatoriedad de ajustar y actualizar el plan según las normas legales sin requerir nuevos actos administrativos. La responsabilidad de implementación recae en el Secretario General y otros altos funcionarios, quienes deben garantizar el cumplimiento de los objetivos establecidos en el plan.