El concepto de la Agencia Nacional de Minería (ANM) indica que la exigencia de actualización semestral de los planos de avances y labores mineras por parte de la Vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera (VSCSM) se enmarca dentro de su ámbito funcional. Esta periodicidad, aunque no está explícitamente indicada en las normas, se considera un plazo razonable para asegurar la debida diligencia administrativa. La finalidad de esta actualización es prevenir accidentes y enfermedades laborales, controlar riesgos específicos de la minería, promover ambientes de trabajo seguros y proteger el medio ambiente. Además, se menciona que la obligación de presentar y actualizar los planos está respaldada por regulaciones de higiene y seguridad, tanto para actividades mineras a cielo abierto como subterráneas. Sin embargo, los conceptos emitidos por la ANM no son de cumplimiento obligatorio, según el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011.