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Consideraciones de SuperSociedades sobre los requisitos formales para la emisión de títulos accionarios en formato físico y el uso de firmas digitales en las SAS

Escrito por  Nov 25, 2024

La Superintendencia de Sociedades indica que, para la emisión de títulos accionarios en formato físico, se deben cumplir los requisitos del artículo 10 de la Ley 1258 de 2008 y los artículos 399 y 401 del Código de Comercio. Los títulos deben ser firmados por el representante legal y el secretario de la sociedad. En cuanto al uso de firmas digitales, se permite que los títulos contengan una firma digital, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la Ley 527 de 1999, que regula la validez de las transacciones electrónicas. Si se opta por títulos físicos, es necesario que contengan firmas manuscritas.

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Modificado por última vez en Domingo, 24 Noviembre 2024 22:16