La renovación del permiso de vertimientos debe tramitarse ante la autoridad ambiental competente dentro del primer trimestre del último año de su vigencia. Se menciona que la consulta se basa en la Ley 99 de 1993, el Decreto 3570 de 2011, la Ley 1755 de 2015, y el Decreto 1076 de 2015, que regulan los permisos de vertimiento. El permiso de vertimiento tiene un término de vigencia de diez años, y su renovación debe tramitarse dentro del primer trimestre del último año de vigencia, según el artículo 2.2.3.3.5.10 del Decreto 1076 de 2015. Proceso de Renovación: La renovación está sujeta a la verificación del cumplimiento de la normativa de vertimiento y no se considera un silencio administrativo positivo, lo que significa que la autoridad ambiental debe evaluar la solicitud antes de decidir.