Esta Cartera Ministerial explicó que sí, es necesario realizar la evaluación técnica y periódica de las mediciones de Compuestos Orgánicos Volátiles (COV's) cada año. Según la normativa vigente, específicamente la Resolución 909 de 2008 y el Protocolo para el Control y Vigilancia de la Contaminación Atmosférica Generada por Fuentes Fijas, se establece que las actividades industriales que deben monitorear COV's deben realizar mediciones anuales durante los dos primeros años desde la entrada en vigencia de la resolución, y posteriormente de acuerdo con lo establecido en el protocolo mencionado.
Además, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible ha indicado que la información obtenida de estas mediciones es fundamental para establecer límites o estándares de emisión admisibles de COV al aire, lo que refuerza la necesidad de realizar estas evaluaciones anualmente.
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