La Agencia Nacional de Minería (ANM) estableció criterios y tarifas para el cobro de inspecciones y visitas de fiscalización en el sector minero. Esta aplica a los títulos mineros priorizados en el Plan de Acción bianual de la Vicepresidencia de Seguimiento, Control y Seguridad Minera. Por la naturaleza de la figura de la minería de subsistencia, se exceptúa de la aplicación de la presente Resolución a los mineros de subsistencia. La norma establece qué actividades y reglamentos son necesarios para realizar las actividades de inspección, seguimiento y control de un título minero de acuerdo con el campo objeto de cobro.