Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

Interpretación Jurídica de la SSPD sobre la posibilidad de modificar el manual de funciones de una empresa prestadora de servicios públicos domiciliarios

Escrito por  Ene 05, 2021

De acuerdo con la doctrina publicada por la SSPD, el diseño de manuales de funciones es del resorte exclusivo del empleador. No obstante, la facultad de modificación de las condiciones laborales pactadas con los trabajadores no es absoluta. “si se tratara apenas de dar libre curso al capricho del empleador -público o privado para introducir mutaciones

sin límite en las características de modo, tiempo y lugar, que vienen aplicándose en la ejecución de las mutuas prestaciones propias del vínculo jurídico de subordinación existente, sin que para nada tuviese que consultar las circunstancias y necesidades del trabajador y de su familia, es decir, si la determinación patronal se admitiera con carácter plenamente unilateral y omnímodo-, resultaría desconocida la regla constitucional que exige dignidad y justicia en toda relación de trabajo, cualquiera sea la modalidad de éste.” 

Descargar documento

Modificado por última vez en Martes, 29 Diciembre 2020 11:25