“Adicionalmente, la decisión hizo referencia a la regulación específica para la prestación del servicio de salud para el retiro de los biopolímeros. La sentencia hace una descripción del contenido de la Ley 2316 de 2023 y de sus principales antecedentes legislativos. A partir de dicho análisis concluyó que la legislación actual exige que el sistema de salud asuma el costo del diagnóstico, los tratamientos, la rehabilitación y los procedimientos de retiro o manejo de sustancias modelantes no permitidas, así como los medicamentos y los tratamientos necesarios de salud mental y apoyo psicosocial que requieran las personas afectadas por dichas prácticas; sin condicionarlo a demostrar que su objetivo sea, exclusivamente, la recuperación o el mantenimiento de la capacidad funcional o vital de las personas. Ello considerando que, según la documentación médica especializada, la aplicación de estas sustancias pone en riesgo la salud y la vida de las pacientes a temprano o largo plazo, por lo tanto, su retiro urgente siempre será funcional. En la sección 2 la sentencia resaltó que las mujeres son libres para someterse a los procedimientos estéticos que deseen con el objetivo de sentirse bien. El derecho al libre desarrollo de la personalidad les garantiza construir su identidad personal, decidir cómo quiere verse”.