Para la Entidad, “el IHF de plantas solares y eólicas no quedará derogado y no existirá vacío normativo; lo anterior teniendo en cuenta lo siguiente: La Resolución CREG 201 de 2017 que define la metodología de ENFICC de plantas solares, incluye en su artículo 5 la última modificación del aparte “Indisponibilidad Histórica Forzada para Plantas y/o Unidades de Generación con Información Reciente” del numeral 3.4.1, Anexo 3 de la Resolución CREG 071 de 2006. Dicha Resolución está aplicando actualmente de forma transitoria y en el citado artículo están definidos los valores de IHF tanto de plantas solares fotovoltaicas como eólicas”.