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Consideraciones de la CREG sobre la normatividad vigente respecto de las garantías de los proyectos de generación de energía

Escrito por  Nov 29, 2023

la garantía para reserva de capacidad establecida en la Resolución CREG 075 de 2021, debe ser otorgada cuando no se tenga otra garantía exigida en la regulación que cubra la entrada en operación del mismo proyecto cuyo valor de cobertura supere el calculado para la garantía para reserva de capacidad. Ahora, cuando el proyecto requiere la entrega de la garantía para reserva de capacidad esta debe ser calculada con base en las disposiciones establecidas en la Resolución CREG 075 de 2021 y atender las causales de ejecución o de modificación y ajustes establecidas para tal fin en la Resolución CREG 075 de 2021.

En concordancia con lo anterior, esta Comisión entiende que las causales de ejecución, modificación y ajustes establecidas en la Resolución CREG 075 de 2021 para la garantía para reserva de capacidad no le son aplicables a otras garantías otorgadas para el proyecto, ya que estas cuentan con condiciones propias de ejecución, modificación y ajuste, establecidas en la regulación que les dio origen. Asimismo, el artículo 25 establece que las condiciones de ejecución son para la garantía para de reserva de capacidad.

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Modificado por última vez en Martes, 28 Noviembre 2023 22:07