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Consejo de Estado ordena al DAPDS remitir los estudios técnicos en los que el BancoAgrario careció de capacidad para prestar de forma eficiente los servicios financieros relacionados con el pago de las transferencias del Programa Jóvenes en Acción

Escrito por  Dic 03, 2020

Para esclarecer aspectos del control inmediato de legalidad de la Resolución número 629 de 26 de marzo de 2020, “Por medio de la cual se declara una urgencia manifiesta del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social”  el Consejo de Estado

dispondrá que se oficie a la Secretaría General del Departamento Administrativo de la Prosperidad Social con el fin de que remita, en medio magnético, (I) copia de los documentos o estudios técnicos en los que se expliquen las razones por las que el Banco Agrario, con quien se suscribió la orden de compra 44498 del 24 de enero de 2020, carece de capacidad para prestar de forma eficiente los servicios financieros relacionados con el pago de las transferencias monterías condicionadas del Programa Jóvenes en Acción, y (II) copia de los documentos o estudios técnicos que justifiquen los motivos por los que el Banco Davivienda tiene la capacidad suficiente para prestar en forma eficiente el mencionado servicio financiero.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 17:29