A través de esta Ley se incentivan los “derechos de propiedad intelectual sobre resultados de actividades de ciencia, tecnología e innovación financiados con recursos públicos”.
A través de la Ley 2294-2023 PND-2022-2026, se introdujeron modificaciones a la Ley de derechos de Autor (Ley 23 de 1982). El artículo 170 de esta Ley modifica, a su vez, el artículo 167 de la Ley 1955 de 2019 (PND 2018-2022), el cual quedó de la siguiente manera: “para aquellas entidades públicas que no desarrollen o ejecuten programas, proyectos, actividades e iniciativas de ciencia, tecnología e innovación, los beneficios o regalías que genere la explotación comercial de sus bienes intangibles o propiedad intelectual, deberá ser destinada a promover el aprovechamiento de la propiedad intelectual o a la promoción de industrias creativas, de conformidad con el artículo 2 de la Ley 1834 de 2017, o aquella que la modifique o sustituya”
A través de esta Ley se incentivan los “derechos de propiedad intelectual sobre resultados de actividades de ciencia, tecnología e innovación financiados con recursos públicos”.