“Los usuarios AGPE pueden vender energía al SIN, sin necesidad de constituirse como agentes del mercado, pero lo deben hacer a través de las empresas facultadas para esto (empresas de generación o comercialización, las cuales son empresas de servicios públicos domiciliarios), como se citará en el siguiente numeral. En cuanto a la forma de venta, la Resolución CREG 174 de 2021 implementó las siguientes formas de venta, las cuales dependen si se usa o no una fuente no convencional de energía renovable (FNCER)…”.