sus mezclas, reportes de información, transporte de combustibles, reporte de ventas de combustible exento, proyectos de generación de energía eléctrica a partir del recurso geotérmico, incumplimiento de requisitos técnicos”.
En relación con el fundamento jurídico para la imposición de multas y/o sanciones pecuniarias, como sanciones administrativas, la Entidad señala que de acuerdo con el artículo 2° de la Constitución Política de Colombia, las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares, lo cual apunta al cumplimiento de los fines esenciales del Estado e implica los mecanismos necesarios para tal fin.