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“Los actos y contratos de las empresas de servicios públicos domiciliarios, corresponden al derecho privado”: SSPD

Escrito por  Jun 09, 2023

En el marco del régimen de derecho privado que les aplica a las empresas de servicios públicos, la CRA ha regulado una serie de contratos que se deben someter a procedimientos que estimulen la concurrencia de oferentes. En particular, el artículo 1.4.2.2. de la Resolución CRA

943 de 2021 establece que, entre otros, aquellos contratos que se celebren con plazos superiores a cinco (5) años, y/o aquellos que tengan por objeto transferir la propiedad o el uso y goce de los bienes que se destinan esencialmente a prestar los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo; deberán someterse a procedimientos regulados para estimular la concurrencia de oferentes.

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