responsable adelantar el RUA de la empresa licenciada. Lo anterior en atención a que la actividad licenciada (importación), no está directamente relacionada con la actividad manufacturera que podría estar generando la obligación de registrarse.
La Entidad concluyó, luego de hacer una relación de la normatividad vigente sobre la materia, que la existencia de una licencia ambiental para la importación de sustancias controladas (SAO), cuya competencia está radicada en la ANLA, no determina que esta autoridad deba ser
responsable adelantar el RUA de la empresa licenciada. Lo anterior en atención a que la actividad licenciada (importación), no está directamente relacionada con la actividad manufacturera que podría estar generando la obligación de registrarse.