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Gobierno adicionó los empleos exceptuados de la prohibición de reintegrar a una persona pensionada, siempre y cuando no haya llegado a la edad de 70 años

Escrito por  Feb 17, 2023

En desarrollo del parágrafo del artículo 2.2.11 .1.5 del Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, establece los empleos que el Gobierno nacional ha exceptuado de la prohibición de reintegrar a una persona pensionada, siempre y cuando no haya

llegado a la edad de 70 años. Para el Gobierno se hace necesario adicionar los empleos exceptuados en el Parágrafo del artículo 2.2.11 .1.5 del Decreto 1083 de 2015, incluyendo al Subdirector de Unidad Administrativa Especial con o sin Personería Jurídica y al Secretario General de Establecimiento Público de Orden Nacional.

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