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Concepto de la ANM sobre la inhabilidad o incompatibilidad para ejercer cargo público por ser titular de un contrato de concesión

Escrito por  Feb 06, 2023

La ANM indicó que los servidores públicos no pueden celebrar contratos con entidades públicas. En tal sentido, si una persona, por ejemplo, se posesionare como servidora pública, y esta tiene una relación contractual con el Estado, deberá definir dicha situación antes de

posesionarse, so pena de incurrir en inhabilidad. Lo anterior, sin perjuicio de los requisitos propios de los cargos públicos y de su régimen de inhabilidad o incompatibilidad que existiesen para ellos.

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Modificado por última vez en Domingo, 05 Febrero 2023 23:44