declaratoria del estado de emergencia sanitaria en los términos de los artículos 2.13.1.8.1 y 2.13.1.8.2 de la parte XIII del Decreto 1071 de 2015 o aquellos que lo modifiquen o sustituyan.
El objeto del presente acto es establecer los lineamientos para acceder a los recursos del Fondo Nacional de Emergencia Sanitaria, así como para su operación en los términos del Decreto 2141 de 1992 y del Decreto 4765 de 2008. Para hacer uso de los recursos, debe mediar la
declaratoria del estado de emergencia sanitaria en los términos de los artículos 2.13.1.8.1 y 2.13.1.8.2 de la parte XIII del Decreto 1071 de 2015 o aquellos que lo modifiquen o sustituyan.