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MinAmbiente aclaró disposiciones sobre la normatividad aplicable a los humedales en Colombia

Escrito por  Dic 28, 2022

Se indicó que, la Resolución 157 de 2004 en la que se contemplan unos pasos previos para la formulación de los Planes de Manejo de los humedales, encontramos que bajo el principio y función de planificación, se exige, en primer lugar, la identificación de los posibles sitios

objeto de designación como humedal, examinados a la luz de su importancia en términos "ecológicos, botánicos, zoológicos, limnológicos o hidrológicos"; en segundo, la elaboración de una línea base ambiental actualizada del sitio objeto de designación, la cual se obtiene a partir de la caracterización en el área que va a ser objeto de delimitación; y, como tercer requisito, se requiere que dicha caracterización de los humedales se realice de acuerdo con la priorización establecida en el Plan de Acción Regional de implementación de la Política Nacional para Humedales Interiores.

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