instrumento ambiental “Vigente”, por lo tanto, no puede estar vencido.
El MinAmbiente dispuso que, para aplicar el régimen de transición para los beneficiarios del derecho de preferencia, el legislador ha dispuesto que los beneficiarios mantengan el instrumento de control y seguimiento ambiental, es decir, que estas personas cuenten con el
instrumento ambiental “Vigente”, por lo tanto, no puede estar vencido.