Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

CREG aclara dudas sobre la puesta en operación de un proyecto de generación

Escrito por  Nov 17, 2020

De acuerdo con  el concepto publicado por la CREG cuando un auditor determina que la fecha de puesta en operación de una planta con asignación de OEF se encuentra en atraso porque es posterior a la fecha del IPVO, y esto no constituya incumplimiento grave e insalvable, dado que el atraso es menor a un año, el agente o persona jurídica (establecida como E.S.P.)

que representa el proyecto, debe garantizar el cumplimiento de la OEF con un contrato de respaldo o algunos de los anillos de seguridad previstos, con una vigencia desde la fecha del IPVO hasta la nueva fecha de puesta en operación del proyecto de generación.

la Resolución CREG 071 de 2006, definió la contratación de la auditoria de construcción para las plantas nuevas, especiales o existentes con obras, que resultaran con asignaciones de OEF en una subasta, donde el primer informe del auditor sería entregado a más tardar a los seis (6) meses después de la entrega de certificaciones de OEF de la subasta. Así mismo, el auditor estaría obligado a entregar informes cada seis meses, y cada tres meses cuando solo falte un año para el IPVO definido en la subasta.

Descargar documento