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CRA aclaró disposiciones sobre los requisitos que deben cumplir empresas prestadoras para el desarrollo de su objeto

Escrito por  Oct 20, 2022

Quedó dispuesto que, “las personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios deberán informar el inicio de sus actividades a la respectiva Comisión de Regulación y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para que esas autoridades puedan cumplir sus

funciones. Sobre esta base, esta Unidad Administrativa Especial no regula ni determina los procedimientos, formalidades, medios o herramientas jurídicas a emplear por parte de las personas prestadoras de servicios públicos para el desarrollo de su objeto, de tal forma que, para efectos del presente caso, esta entidad no tiene a su cargo la función de intervenir en relación con los convenios propios de las empresas“.

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