con la debida instalación del servicio de alumbrado público, el debido proceso es dirigirse al municipio, con el fin de que le brinden las herramientas para solucionar los inconvenientes presentados.
El MinMinas reiteró que, aun cuando no exista un esquema de prestación del servicio público no domiciliario de alumbrado público, será responsabilidad de los municipios o distritos la prestación de este servicio. Esto quiere decir que, si el proyecto está presentando problemas
con la debida instalación del servicio de alumbrado público, el debido proceso es dirigirse al municipio, con el fin de que le brinden las herramientas para solucionar los inconvenientes presentados.