el respectivo reglamento, el cual no podrá ser inferior al equivalente a treinta y nueve mil quinientos (39.500) Unidades de Valor Tributario (UVT)”.
El decreto autoriza a las sociedades fiduciarias para poseer acciones o cuotas en sociedades matrices nacionales o internacionales resultantes de la integración de bolsas de valores. “Todo Fondo de Inversión Colectiva en operación deberá tener un patrimonio mínimo definido en
el respectivo reglamento, el cual no podrá ser inferior al equivalente a treinta y nueve mil quinientos (39.500) Unidades de Valor Tributario (UVT)”.