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A través de concepto, la CRA se refirió a las transferencias de dinero de las entidades territoriales

Escrito por  Abr 04, 2022

La CRA reiteró lo dispuesto en el artículo 2.3.4.1.2.11. del Decreto 1077 de 2015, "las transferencias de dinero de las entidades territoriales a los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos por concepto de subsidios, deberán ser giradas a la entidad prestadora del servicio público para la aplicación de los subsidios, en un plazo de 30 días, contados desde la misma fecha

en que la entidad prestadora expida la factura a cargo del municipio."

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