territorial y una persona jurídica de derecho privado sin ánimo de lucro. Por tanto, los convenios solidarios entre las entidades territoriales y las juntas de acción comunal no están dentro de la restricción del artículo 38 de la Ley de Garantías, modificado transitoriamente por el artículo 124 de la Ley del Presupuesto, ya que –de acuerdo con la calidad de las partes– no corresponden a la tipología de contratos o convenios interadministrativos.