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SSPD: fórmula tarifaria que aplica a usuarios que se les presta el servicio de comercialización de energía eléctrica bajo la modalidad prepago

Escrito por  Ene 27, 2022

A través del presente concepto se dejó en claro que a los usuarios que se les presta el servicio de comercialización de energía eléctrica bajo la modalidad prepago, se les aplica la misma fórmula tarifaria que a los demás usuarios del Sistema Interconectado Nacional, es decir, que se les cobra el costo unitario de prestación del servicio (CU) establecido en la Resolución CREG 119 de 2007, aplicándoles los subsidios o contribuciones si hay lugar a ello.

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