A través del Decreto 1730-2021, el Gobierno consideró necesario aclarar que el plazo a pactar dependerá de la voluntad del deudor para pagar lo acordado, y que esto no depende de ninguna otra condición sin que exceda los cuatro (4) años. La norma está relacionada con los acuerdos de Recuperación y saneamiento de cartera agropecuaria.