El proyecto de norma dice: “el contenido de biocombustible – biodiesel en la mezcla con combustible diésel fósil que se distribuya por parte de los distribuidores minoristas o que consuman los grandes consumidores en los departamentos de Amazonas, Antioquia, Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Caldas, Caquetá, Casanare,
Cauca, Cesar, Córdoba, Chocó, Cundinamarca, Bogotá D.C., Guaviare, Huila, Magdalena, Meta, Nariño, Putumayo, Quindío, Risaralda, Santander, Sucre, Tolima y Valle del Cauca, se determinará de acuerdo con la tabla y de conformidad con el artículo 5 de la presente resolución”.
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