en la Resolución CRA 911 de 2020, modificada por el artículo 1 de la Resolución CRA 936 de 2020, hayan suspendido su aplicación, podrán reestructurar su plan de progresividad para aquellos ajustes que aún no se hayan ejecutado en la facturación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, en un plazo que no supere el 30 de junio de 2023, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.1.1.1.6.8. de la presente resolución.”