Las tarifas aplicables al servicio público domiciliario de aseo, salvo que el prestador se encuentre incurso en alguna de las excepciones contenidas en la ley o en las normas tarifarias, deberán ser calculadas con base en las metodologías establecidas por la CRA, Es preciso aclarar que, son los prestadores quienes determinan y aprueban las tarifas, con base en los criterios
y metodologías establecidos por la CRA, de donde se desprende que tanto la fijación como la actualización de las tarifas se encuentra a cargo de las juntas directivas de los prestadores de estos servicios o por el órgano que haga sus veces; o por el alcalde del municipio cuando los servicios son prestados directamente por el municipio.
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