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Interpretación jurídica de la SSPD sobre el término "aforo"

Escrito por  Dic 09, 2021

De acuerdo con la doctrina publicada por la SSPD, define como aforo al resultado de las mediciones puntuales, que realiza un aforador debidamente autorizado por la persona prestadora, respecto de la cantidad de residuos sólidos que produce y presenta un usuario de manera individual o conjunta al prestador del servicio de aseo. En ese mismo orden de ideas, se explicó que

existen tres (3) tipos de aforos: Aforo ordinario de aseo, Aforo extraordinario de aseo, Aforo permanente de aseo. Puede conocer más detalles consultando el documento publicado por la entidad.

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