El proyecto de FINAGRO establecería el plazo de los créditos beneficiados con el subsidio a la tasa de las Líneas Especiales de Crédito (LEC) o el Incentivo a la Capitalización Rural (ICR) se podrá acordar libremente entre el Intermediario Financiero y el Productor de acuerdo con el proyecto productivo teniendo en cuenta los periodos de producción o transformación y el plazo
necesario para su comercialización. Además, quedaría dispuesto que, será obligatorio el control de gastos o inversiones por parte de los Intermediarios Financieros sobre aquellos créditos colocados en condiciones de fomento que se vean beneficiados con el subsidio a la tasa de las LEC o el ICR.
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