sede judicial mediante el inicio de la acción pertinente.
El MinMinas aclaró que, la autoridad municipal, al establecer los tributos relacionados con el cobro de alumbrado público, está desarrollando una facultad legalmente reconocida por el ordenamiento jurídico. Sin embargo, lo anterior no significa que, la fijación de tales impuestos esté exentos de controversias que puedan ser dirimidas en
sede judicial mediante el inicio de la acción pertinente.