Decreto 1009 de 2021.
El MinTransporte estableció que, los propietarios, poseedores o tenedores de buena fe de los vehículos de servicio particular y público de transporte de carga que presenten omisiones en el trámite de registro inicial, podrán iniciar el respectivo procedimiento de normalización durante el término de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del
Decreto 1009 de 2021.